Casos de Éxito

Sentencia estimatoria sobre reconocimiento de un nuevo periodo de incapacidad temporal denegado a un trabajador de la Administración.

socilegal abogados

Un Juzgado de lo Social de Madrid ha dictado Sentencia íntegramente estimatoria de la demanda interpuesta por este despacho frente a las Resoluciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) mediante las que se calificaba como recaída un periodo de Incapacidad Temporal (IT) cuyo hecho generador era diferente e independiente de otro periodo de IT que tuvo lugar en los 180 días inmediatamente anteriores, en el cual se había agotado el periodo máximo de permanencia de 365 días fijado en el art. 169 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

El demandante, estuvo de baja por incapacidad temporal a consecuencia de una fractura ósea que impedía el desempeño de su puesto de trabajo como violinista, cuya recuperación precisó del plazo máximo de permanencia anteriormente citado.

Una vez reincorporado a su puesto, y dentro de los 180 días siguientes desde el anterior periodo de IT, tuvo lugar un nuevo hecho generador de baja reconocido por el Servicio Público de Salud (SPS). Sin embargo, al ser el INSS el único competente para emitir una nueva baja médica (art. 170 LGSS), la misma fue calificada como recaída del anterior periodo de IT, siendo por tanto su plazo máximo de 180 días al considerarse como una prórroga del anterior (art. 169 LGSS) y no el de 365 días que le correspondería por tratarse de un nuevo periodo de baja causado por un hecho generador de distinta naturaleza.

Este trabajador, ha contado desde el primer momento, tanto en vía administrativa como en vía judicial con un equipo de Letrados que le ha  asesorando en el asunto para poder demostrar que se trataba de un nuevo periodo de incapacidad  pues, debido a la abundante normativa existente, es de vital importancia contar con el apoyo de un especialista desde el primer momento.

¿Estás en una situación similar? ¿Has tenido algún problema con bajas consecutivas por motivos diferentes y no han querido reconocerte nuevo periodo? Podemos ayudarte, contacta con nuestro equipo de Letrados.

expertos en derecho funcionarial y laboral

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