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La Comisión de valoración no puede alterar el baremo de un concurso en fase de ejecución de sentencia.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en Auto de 4 de septiembre de 2014, estima el incidente de ejecución de sentencia promovido por este Despacho de Abogados en defensa de los derechos de un funcionario, que había obtenido sentencia favorable en vía contencioso-administrativa.
El Auto de la Audiencia Nacional anula la resolución dictada por la Administración en fase de ejecución de sentencia, declarando que “en esta fase la Comisión de valoración no puede acordar los criterios que se van a seguir para realizar la valoración de la segunda fase del concurso de méritos, debiendo ser valorados los méritos con arreglo al baremo aprobado inicialmente por la Comisión de Valoración”.
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