Casos de Éxito

Denegación de residencia por arraigo social

Cuando un inmigrante vive en España durante un periodo de tres años, puede solicitar permiso de residencia por arraigo social. Probablemente sea la forma más común de regularizar a extranjeros en España que se encuentren en situación irregular. Se trata de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que exige del extranjero una permanencia mínima de tres años en territorio español.

Además del período de residencia, el extranjero que solicite el arraigo social deberá carecer de Antecedentes Penales tanto en su país de origen, como en España y demonstrar que cuenta con medios económicos suficientes para estar en el país tanto el como sus familiares.

Así, algunas de las causas más comunes de denegación de residencia por arraigo social son:

  • Fallo en demostrar de forma suficiente la estancia en España de manera continuada durante los 3 años previos.
  • Error en la aportación de los contratos aportados.
  • El solicitante tiene antecedentes penales (y no los ha cancelado).

En el caso de obtener Resolución por la que se deniega residencia por arraigo social, el interesado dispondrá de un mes para recurrir en reposición la Resolución denegatoria o la interposición de recurso contencioso administrativo.

Estudiar si merece o no la pena la interposición del recurso de reposición, resulta clave para evitar alargar el procedimiento más de lo necesario.

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