
Según noticia publicada hoy por el Confilegal, El Pleno del Senado aprueba definitivamente la ley de reducción de la temporalidad en la Administración Pública
Es previsible que en los próximos días se celebre una Sectorial de las Comunidades Autónomas para informarles de este acuerdo, sobre todo de cara a ver la forma de poner en marcha este concurso de méritos extraordinario y el concurso oposición aprobado en esta reforma.
La idea es evitar que haya una aplicación de la nueva normativa que ahora irá al BOE en los próximos días, a dos o varias velocidades diferentes.
Entrando en el contenido de la norma que ha logrado el respaldo de la Cámara Alta en el Pleno de esta semana, las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas.
Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024. Un proceso de concurso-oposición será el que dará acceso a estas plazas.
La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración. Los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios.
Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.
Las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional.
Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.
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