
Según la recogido en nota de prensa publicada por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática se prevé el levantamiento de la suspensión de términos y de la interrupción de plazos administrativos, estableciendo, con efectos de 1 de junio de 2020, la derogación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Respecto de los plazos y términos procesales, se recoge igualmente en dicha nota de prensa que se derogará con efectos a partir del 4 de junio de 2020, la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, alzándose la suspensión en la misma fecha.