Gestiones y Trámites ante la Administración Electrónica; Estatal, Autonómica y Local
¿Quiénes están obligados a relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos?
No son pocas las ocasiones en las que las personas físicas se ven obligadas a realizar trámites ante la Administración Electrónica, a través de medios electrónicos, y esto supone un gran esfuerzo y desconocimiento del funcionamiento de la Administración electrónica.
En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Desde este Despacho de abogados podemos realizar los siguientes trámites y servicios:
- Autorizaciones, Licencias, Permisos y Carnés.
- Declaraciones responsables y comunicaciones
- Inscripción en Registros
- Trámites unificados para el emprendedor
- Impuestos y Tasas
- Ayudas, subvenciones y becas
- Jubilaciones ante la Seguridad Social
- Altas en Seguridad Social
- INEM
- Convocatorias y Concursos de Empleo Público
- Servicios (censos, consulta registros, valoración bienes, cita previa, etc.)
- Premios
- Subvenciones Directas
- Reclamaciones y Recursos
- Otros tipos